Aprobación histórica en Puebla: despenalización del aborto antes de las 12 semanas

  

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Atrincherados en la sede del Congreso local debido a que ambos accesos al edificio fueron bloqueados, los diputados locales de la Cuarta Transformación, con el respaldo del Grupo Plural, lograron imponer sus votos y aprobar una serie de reformas al Código Penal del Estado para despenalizar el aborto hasta la semana 12 de gestación. Con esta decisión, Puebla se convierte en la decimocuarta entidad en sumarse a la marea verde, uniéndose a Ciudad de México, Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Colima, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo, Sinaloa, Veracruz y Aguascalientes.

Despenalización del Aborto hasta la Semana 12

La aprobación de las reformas a los artículos 339, 340, 341, 342 y 343 del Código Penal del Estado de Puebla establece que el aborto será despenalizado hasta la semana 12 de gestación. Esto significa que cualquier mujer que decida interrumpir su embarazo dentro de este periodo no será penalizada. Sin embargo, después de la semana 12, el aborto continuará siendo considerado un delito.

Sanciones Establecidas

Las mujeres que decidan abortar después de la semana 12 de gestación podrán enfrentar penas de cárcel que van de seis meses a un año. Asimismo, cualquier persona que realice un aborto con consentimiento después de este periodo enfrentará penas de uno a tres años de prisión. Por otro lado, el aborto forzado, definido como la interrupción del embarazo sin el consentimiento de la mujer, será castigado con penas que oscilan entre cuatro y ocho años de prisión, lo que representa un incremento en comparación con la legislación actual que lo pena hasta con tres años.

Excepciones a la Penalización

Las reformas también especifican claramente las causales bajo las cuales no se sancionará el aborto. Estas incluyen:

  • Cuando el embarazo sea resultado de una violación o una inseminación artificial no consentida.
  • Cuando la vida de la mujer esté en peligro.
  • Cuando, a juicio de un especialista, existan razones suficientes para creer que el feto tiene alteraciones genéticas o congénitas.
  • Cuando el aborto sea causado por imprudencia de la mujer o persona gestante.

Estas modificaciones reflejan un avance significativo en los derechos reproductivos en Puebla y alinean la legislación del estado con la de otras entidades que han adoptado políticas similares en apoyo de la autonomía y salud de las mujeres. La aprobación de estas reformas marca un momento histórico en la lucha por los derechos de las mujeres en México.

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