Congreso de Puebla aprueban nueva Ley BUAP; Reforman edad para ocupar rectoría y otorgan nuevas facultades



Puebla

Con 34 votos a favor, el Congreso del Estado aprobó la reforma a la Ley de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP) que entre otras cosas modifica la edad para ocupar la rectoría, otorga nuevas facultades a esta figura lo mismo que al Consejo Universitario, fortalece los derechos humanos y el cuidado del medio ambiente.

Previo a su votación, las diputadas de Morena y el PRI, Xel Arianna Hernández García y Laura Zapata Martínez, de la Comisión de Educación, destacaron que la nueva Ley Orgánica de la BUAP favorece la inclusión dentro de la universidad y ayuda a atender los nuevos retos que enfrenta la máxima casa de estudios del estado.

Hernández García, presidenta de la Comisión de Educación, indicó que dentro de las modificaciones que se hicieron a la propuesta inicial se encuentra el fortalecimiento en la transparencia de los recursos públicos de la institución, de igual forma argumentó que la reforma contribuirá a la permanencia y continuidad de estudiantes de la universidad.

La nueva Ley Orgánica de la BUAP fue aprobada por mayoría; la diputada Yolanda Gamex Mendoza fue la única que votó en contra, en tanto que los legisladores Daniela Mier Bañuelos, Carlos Evangelista Aniceto y Eliana Angélica Cervantes González se abstuvieron.

Entre los principales lineamientos que introduce la nueva Ley BUAP se encuentran los relacionados al titular de la Rectoría respecto a su elección, permanencia y atribuciones.

De acuerdo con el Artículo 16, Fracción III de la antigua Ley de la BUAP, el rector de la máxima casa de estudios de Puebla debería tener más de 35 y menos de 65 años para ser electo en el cargo. La nueva norma elimina la restricción de edad máxima para ocupar el puesto.

Así mismo, la reforma aprobada por el Congreso de Puebla brinda mayores atribuciones al rector de la BUAP, quien, ahora deberá cumplir y hacer cumplir las disposiciones que emanen del Consejo Universitario que funge como máximo órgano de gobierno de la institución.

Así mismo, el rector también podrá a diferencia de la ley pasada, emitir las normas o disposiciones que no sean facultad del Consejo Universitario, es decir podrá formular proyectos o lineamientos sin que pasen por dicho órgano.

Además, con la nueva Ley de la BUAP, el Consejo Universitario tendrá más facultades como máxima autoridad de la institución, pues podrá elaborar, modificar o abrogar el Estatuto Orgánico, las normas y disposiciones reglamentarias de aplicación general encaminadas a regular la organización y funcionamiento de la universidad, que hasta ahora no era así.


Fuente: E-Consulta

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